Es la retribución económica más baja que un trabajador puede percibir para satisfacer sus necesidades normales y las de su familia, en el orden material, moral y cultural. El salario mínimo es irrenunciable por lo que no pueden pactarse salarios inferiores a los fijados según la ley.


TABLA DE SALARIOS MÍNIMOS


No.

Actividad Económica

Salario Diario Lempiras a Nivel Nacional

1

Agricultura, Silvicultura, Caza y Pesca
1-15 Trabajadores
16 y Más Trabajadores

75.48
93.69


2


Extracción de Minerales No Metálicos; Industria Manufacturera, Construcción, Comercio, Restaurantes y Hoteles; Servicios Comunales, Sociales y Personales
1-15 Trabajadores
16 y Más Trabajadores

82.92
99.69


3


Transporte, Almacenamiento y Comunicaciones, Bienes Inmuebles y otros Servicios tales como: Agencia de Información Sobre Crédito; Agencias de Ajustes y Cobranza de Cuentas; Servicios de Reproducción, Dirección de Correspondencia, Impresión Heliográfica, Fotocopia, Envíos Postales y de Taquimecanografía Agencia de Colocación; Agencia de Información y de Noticias; Servicio de Administración Comercial y de Consulta; Los Diseñadores de Modas; Los Fiadores; Los Servicios de Impresión Dactiloscópica y las Agencias de Detectives y Protección; Empresas que prestan Servicios Privados de Seguridad, Autorizadas y Supervisadas por la Secretaría de Seguridad; Servicios Jurídicos; Servicios de Contabilidad, Auditoría y Teneduría de Libros, Servicio de Elaboración de Datos y de Tabulación; Servicios Técnicos y Arquitectónicos; Servicios de Publicidad; Alquiler y Arrendamiento de maquinaria y Equipo; y Otros servicios Afines
1-15 Trabajadores
16 y Más Trabajadores

94.39
96.65


4


Servicios Prestados a las Empresas

1-15 Trabajadores
16 y Más Trabajadores

54.50
63.18


5


Empresas Adheridas al Régimen de Importación Temporal (RIT) Efectivamente Exentas del Impuesto Sobre la Renta y que Exportan No Menos del 80% de su producción.

114.45


6


Establecimientos Financieros y Seguros

1-15 Trabajadores

16 y Más Trabajadores

119.9
118.83


7


Empresas que se dedican a Actividades de Exportación Produciendo, Procesando o Comercializando los siguientes Productos: Tabaco, Café, Mariscos, Melones, Bananos y Plátanos, Atraque, Muellaje, Mantenimiento y Reparación de Ferrocarriles y Barcos; Carga y Descarga de Mercancías en Puertos Marítimos; Refinar y Bombear a larga Distancia Petróleo y sus Derivados; Electricidad, Gas y Agua; Empresas bajo los Regímenes ZOLI Y ZIP y Extracción de Minerales Metálicos.

112.33


8


Empresas que se instalen a partir de la fecha de entrada en vigencia de los nuevos salarios mínimos, en los departamentos de Olancho, Choluteca, Valle, El Paraíso y Santa Bárbara en todas las actividades económicas, con excepción de las actividades de Agricultura, Silvicultura, Caza y Pesca; Transporte, Comunicaciones, Agencias de Información sobre Crédito, Agencias de Ajustes y Cobranzas de Cuentas; Establecimientos y Seguros; Refinar y Bombear a larga distancia Petróleo y sus derivados y Servicios Prestados a las Empresas.

1 -15 Trabajadores

16 y Más Trabajadores

 

 

 

 

76.00

86.00

Fundamento legal:  

 

Decreto Ejecutivo No. STSS-041-07