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REPUBLICA
DOMINICANA
Tabla de
salarios mínimos
trabajadores que prestan servicios en las empresas
fabricantes y/o reparadoras de calzados, carteras, bultos, correas, cinturones
y afines (*)
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actividad
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salario minimo
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cuyas instalaciones o existencias, o el conjunto de ambos
elementos sea igual o superior a la cifra de TRESCIENTOS MIL PESOS
(RD$300.000.00).
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RD$10.80
por hora.
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cuyas instalaciones o existencias, o el conjunto de ambos
elementos sea INFERIOR a la cifra de
TRESCIENTOS MIL PESOS (RD$300.000.00).
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RD$B8.64 por hora,
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(*) Nota: La presente Resolución no es aplicable a las empresas de
zonas francas de exportación que se dedican a la fabricación de calzados,
carteras, bultos, correas, cinturones y afines, pues las mismas se rigen por la Tarifa No. 1197 de
fecha 9 de julio de 1997.
Fundamento
legal: RESOLUCION No. 3/98 del COMITE
NACIONAL DE SALARIOS
trabajadores del sector de la construcción y
sus afines (*)
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Trabajador
No Calificado
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RD$ 321.60
por día
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Trabajador
Calificado
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RD$ 352.80
por día
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Ayudante
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RD$ 414.00
por día
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Operario
de Tercera categoría
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RD$ 537.60
por día
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Operario
de Segunda categoría
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RD$ 613.20
por día
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Operario
de Primera categoría
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RD$ 766.80
por día
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Maestro
de cada una de las áreas de la construcción.
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RD$ 966.00
por día
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(*) Nota: Esta tarifa no
incluye a los maestros generales de obras.
Fundamento legal: RESOLUCION
No. 3/2007 DEL COMITÉ NACIONAL DE SALARIOS, EMITIDA EL
12 DE JUNIO DE 2007.
trabajadores del sector privado no sectorizado
que prestan servicios en las distintas empresas del
país en todo el territorio nacional (*)
Vigentes a partir del 1 de abril, 2007
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Empresas industriales, comerciales o de servicios,
cuyas instalaciones o existencias, o el conjunto de ambos elementos, igualen
o excedan de la cifra de cuatro
millones de pesos dominicanos.
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RD$7,360.00
mensuales
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Empresas industriales,
comerciales o de servicios, cuyas instalaciones o existencias, o el conjunto
de ambos elementos, igualen o excedan de la cifra de dos millones de pesos dominicanos y no alcancen la cifra cuatro millones de pesos dominicanos.
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RD$5,060.00
mensuales
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Servicios en empresas
industriales, comerciales y de servicios, cuyas instalaciones o existencias,
o el conjunto de ambos elementos, no excedan de la cifra de dos millones de pesos dominicanos.
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RD$4,485.00
mensuales
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Por jornada de diez (10) horas diarias, a favor de
los trabajadores del campo;
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RD$150.00
diarios
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Vigilantes en las empresas de guardianes privados.
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RD$6,210.00
mensuales
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(*) NOTA
IMPORTANTE:
La presente Resolución no se aplica a los operadores de máquinas pesadas en el
área agrícola y el área de la construcción, a los trabajadores de la industria
azucarera, a los trabajadores que prestan servicios en obras de construcción, a
los varilleros, a los albañiles, a los carpinteros, a los plomeros, a los
electricistas, a los trabajadores de las industrias de zonas francas, a los
trabajadores que prestan servicio en el sector hotelero y gastronómico, a los
trabajadores del servicio doméstico, a los trabajadores de la industrias
fabricantes y/o reparadoras de calzados,
carteras, bultos, correas, cinturones y afines; a los trabajadores de arrimo y
de abordo en el manejo de carga y descarga de los buques en todos los puertos
del país, a los trabajadores que prestan servicios en asociaciones sin fines de
lucro dedicadas a la prestación de servicios de salud o a la formación
profesional y rehabilitación de personas con discapacidad.
Fundamento legal: RESOLUCION
No. 2/2007 DEL COMITÉ NACIONAL DE SALARIOS.
Tarifa de salario
mínimo nacional, a destajo, para los Varilleros:
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No. De
Armadura en:
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PRECIO/UNIDAD
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Varilla trabajada
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RD$
153.00/quintal.
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Vigas Postensadas y Pórticos en Columnas
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RD$ 243.00/quintal.
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Columnas de 3/8” ó 1/2”, no mayor de 6 varillas de
½”
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RD$ 51.00/metro.
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Dinteles y Vigas de Amarre con altura máxima no
mayor de
40 x 20cm (Varillas de ½” ó 3/8”)
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RD$ 51.00/metro
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Parrilla de zapata de muros
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RD$ 51.00/metro
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Columnas redondas con 6 varillas de ½” o ¾”
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RD$ 77.00/metro
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Labores de Mallas Electrosoldadas
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RD$ 230.00/quintal
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Labores de Varillas de ¼” en piso o losa
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RD$ 230.00/quintal
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Labores de Varillas de alta resistencia
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RD$ 230.00/quintal
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Labores de confección de escaleras corrientes
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RD$ 1,341.00/tramos
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LA SUBIDA DE VARILLA DE LOS DIFERENTES NIVELES DE LA OBRA SE PAGARA CON UN
PORCIENTO ADICIONAL A LOS VALORES ESTABLECIDOS PRECEDENTEMENTE ASÍ:
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Segundo Nivel
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10%
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Tercer nivel
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15%
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Cuarto nivel
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20%
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Quinto nivel
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25%
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Sexto nivel
|
30%
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SEGÚN EL TAMAÑO DE LA
VIGA y otras variables
·
Vigas de 6 Varillas de ½” o de ¾”, Vigas de 2 Varillas de 1” y 2 de ¾”; de pecha 25cm x
40cm y de Columnas con 4 varillas de ¾”, se pagará por metro lineal y de común
acuerdo entre las partes.
·
Varillas de 1”
o ¾”, se pagará de común acuerdo entre las partes. Toda losa que sea lima hoya o lima tesa, se
pagará un 50% sobre el quintal.
·
Cuando los trabajadores tengan que trasladarse a 30 ó más kilómetros
fuera de ciudad, se pagará un 25% como mínimo, sobre la tarifa.
·
Cuando el maestro varillero tenga que trasladar los materiales a una
distancia mayor de 10
metros, se pagará un 10% sobre el quintal.
Fundamento legal: RESOLUCION No. 5/2005 del COMITÉ NACIONAL DE SALARIOS
Tarifa de salario mínimo nacional para los
trabajadores de la
industria azucarera
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Salario mínimo mensual para los trabajadores de la Industria Azucarera,
con excepción de sus trabajadores del campo.
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RD$3,100.00
mensuales
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Salario mínimo a nivel nacional a todos los
trabajadores del campo de la Industria
Azucarera, por jornada de ocho (8) horas diarias.
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RD$80.00
diarios
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NOTA: Cuando la jornada de
trabajo comprenda un período mayor o menor de ocho horas diarias, el salario mínimo se aumentará
o disminuirá proporcionalmente.
Fundamento legal: La RESOLUCIÓN No.
1/2004, del COMITÉ NACIONAL DE SALARIOS
TARIFA salario mínimo para los operadores de máquinas pesadas del área de la construcción en
todo el territorio nacional
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TRACTORES
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SALARIO POR
HORA
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DE 000
A 100 H.P. HASTA CAT-D4E O SIMILARES
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RD$56.00
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DE 101
A 155 H.P. HASTA CAT-D65A O SIMILARES
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RD$63.00
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DE 156
A 200 H.P. HASTA CAT-D7G O SIMILARES
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RD$75.00
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DE 201
A 300 H.P. HASTA CAT-D8K O SIMILARES
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RD$84.00
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DE 301
A 460 H.P. HASTA CAT-D9L O SIMILARES
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RD$94.00
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CARGADORES
FRONTALES
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SALARIO POR
HORA
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DE 000
A 115 H.P. HASTA CAT-W70 O SIMILARES
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RD$53.00
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DE 106
A 155 H.P. HASTA CAT-950B O SIMILARES
|
RD$63.00
|
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DE 156
A 200 H.P. HASTA CAT-966B O SIMILARES
|
RD$69.00
|
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DE 201
A 375 H.P. HASTA CAT-988B O SIMILARES
|
RD$80.00
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MOTONIVELADORAS
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SALARIO POR
HORA
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DE 000
A 115 H.P. HASTA CAT-120G O SIMILARES
|
RD$56.00
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DE 116
A 125 H.P. HASTA CAT-12E O SIMILARES
|
RD$63.00
|
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DE 126
A 275 H.P. HASTA CAT-12G O SIMILARES
|
RD$75.00
|
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DE 276
A 375 H.P. HASTA CAT-16G O SIMILARES
|
RD$84.00
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RODILLO Y
COMPACTADORES
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SALARIO POR
HORA
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PATA DE CABRA AUTOPROPULSADO CAT-825 C MOTOR 310 H.P. O
SIMILAR
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RD$69.00
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PATA DE CABRA AUTOPROPULSADOS
CAT-815 MOTOR 200 H.P. O SIMILAR
|
RD$63.00
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PATA DE CABRA AUTOPROPULSADOS
CAT-DW20A MOTOR 300 H.P. O SIMILAR
|
RD$56.00
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VIBRADORES D YNAPA
CA-25 MOTOR 125 H.P. O SIMILAR
|
RD$53.00
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ESTATICO HASTA BUFALO K-45
MOTOR 150 H.P. O SIMILAR
|
RD$50.00
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MOTOTRAILLA
TORNAPOLLS
|
SALARIO POR
HORA
|
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DE 000
A 100 HASTA OTROS MODELOS
|
RD$65.00
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DE 151
A 300 H.P. HASTA CAT-621 O SIMILARES
|
RD$75.00
|
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DE 301
A 450 H.P. HASTA CAT-631D O SIMILARES
|
RD$80.00
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RETROEXCAVADORAS
(GRUAS METALICAS)
|
SALARIO POR
HORA
|
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DE 000
A 100 H.P. HASTA OTROS MODELOS O SIMILARES
|
RD$54.00
|
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DE 101
A 150 H.P. HASTA CAT-225 O SIMILARES
|
RD$59.00
|
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DE 151
A 215 H.P. HASTA CAT-235 O SIMILARES
|
RD$80.00
|
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SALARIO BASICO PARA LOS
OPERADORES
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RD$10,875.00
|
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SALARIO BASICO PARA LOS
AYUDANTES
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RD$5,415.00
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NOTA: La presente Resolución no
se aplica para el sereno que se encarga de la custodia de los equipos, por lo
que estará sujeto a las disposiciones de la Resolución que fija
el salario mínimo para los trabajadores privados no sectorizados.
Fundamento
Legal: La Resolución
3/2005 del Comité Nacional de Salarios.
tarifas de salario mínimo para los operadores de máquinas pesadas en áreas
agrícolas en todo el territorio nacional:
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Salario mínimo para los operadores: RD$5,000.00
mensuales
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LABORES
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SALARIO
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Corte de Arado
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RD$ 5.65 Tarea
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Corte con rastra
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RD$ 4.65
Tarea
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Fangueo
|
RD$ 28.00 Tarea
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|
Cruce con rastra
|
RD$ 4.00 Tarea
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Rastra
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RD$ 3.65 Tarea
|
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Surqueo
|
RD$ 3.75 Tarea
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|
Mureo
|
RD$ 3.75 Tarea
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Sub-Soldado
|
RD$ 6.00 Tarea
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|
Siembra
|
RD$ 4.65 Tarea
|
|
Aporque
|
RD$ 3.65 Tarea
|
|
Chapeo
|
RD$ 3.25 Tarea
|
|
Abonado
|
RD$ 3.25 Tarea
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|
Nivelación con gredar
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RD$ 44.00 Tarea
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Desyerbo con tractor (rastra)
|
RD$ 3.65 Tarea
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Zanjeo
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RD$ 4.00 Tarea
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Recolección de sorgo
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RD$ 2.00 Saco
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Recolección de arroz y maíz
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RD$ 4.00 Saco
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|
Recolección de algodón
|
RD$ 1.00 Saco
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Hoyo de barrena
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RD$ 1.00 Hoyo
|
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Desyerbo con rotovactor
|
RD$ 4.80 Tarea
|
|
Fumigación con tractor
|
RD$ 4.80 Tarea
|
|
Fumigación aérea
|
RD$ 4.80 Tarea
|
|
Micronivelación
|
RD$ 3.25 Tarea
|
NOTA:
·
Los ayudantes y los tractoristas de acarreo devengarán el salario
mínimo establecido en la
Resolución que fija el salario mínimo para los trabajadores
del sector privado no sectorizado.
·
El vigil |