| Definición: Es el beneficio económico anual que todo trabajador tiene derecho a percibir, equivalente a un mes de salario por cada año trabajado, el cual se computa desde el 1 de diciembre de un año al 30 de noviembre del año siguiente.
Comentarios:
- No importa si el contrato termina por renuncia o despido o bien si la terminación es con o sin responsabilidad patronal, siempre se paga.
- El monto a pagar se calcula con base en los ingresos percibidos en los últimos doce meses (incluyendo las horas extra).
- Si el tiempo laboral es menor de un mes, no se paga. Si es mayor a un mes pero menor a un año se paga en forma proporcional (se suman los ingresos del periodo y se divide entre doce).
- Se debe cancelar en los primeros 20 días de diciembre.
- No paga renta.
- No deben deducirse de él, cargas sociales.
- No se toma en cuenta para el cálculo de otras prestaciones.
- No es salario.
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